A lo que más se parece una huelga general es a un golpe de Estado. Por supuesto, no en los fines perseguidos, derribar por la fuerza a un gobierno —aunque los huelguistas, todo hay que decirlo, no siempre le hacen ascos al propósito—, sino en los medios usados. Y es que tanto en el caso de la huelga general como en el del golpe de Estado el éxito de la empresa depende en buena medida del control de dos clases de medios: los de transporte y los de comunicación. El control de los primeros —y su paralización, en último término— impide que los ciudadanos puedan moverse con libertad. O sea, impide que los mayores se desplacen hasta su lugar de trabajo, que los más chicos vayan al colegio con el autobús escolar, que la vida se desarrolle, en definitiva, también de puertas afuera. En este sentido, nada hay tan indicativo del éxito alcanzado por cualquiera de los dos movimientos —el huelguista y el golpista— como una calle desierta a media mañana o media tarde. Y no digamos ya si en esta calle las tiendas han echado el cierre por miedo a la coacción de los piquetes obreros —también llamados informativos— o militares.

Pero no basta, claro, con privar a los ciudadanos del ejercicio normal de sus labores. También conviene que la información que estos reciban a lo largo de la jornada sea lo más favorable posible a los intereses de los movilizados. De ahí la conveniencia de tener atadas y bien atadas las radios y las televisiones públicas. Bien es cierto que hoy en día, con la multitud de cadenas privadas y el auge de internet, de poco sirve ya silenciar los medios públicos si uno no puede hacer lo propio con los demás. Pero, en fin, que el Estado se quede sin voz o informe según convenga a quienes cuestionan su autoridad no deja de resultar, al cabo, una ventaja para esos mismos revoltosos.

Se me dirá que el derecho de huelga es un derecho constitucional. En efecto, así lo reconoce el artículo 28 de nuestra ley de leyes. Pero lo mismo puede afirmarse del derecho al trabajo. Perdón: lo mismo no, ya que el derecho al trabajo se dobla de un deber análogo, como muy bien indica el artículo 35 de la Constitución. O sea que el próximo 29 de septiembre vamos a asistir en España a un conflicto entre dos derechos, el segundo de los cuales lleva aparejado un deber, el de trabajar. ¿Cuál se impondrá? En vista de los servicios mínimos pactados hasta el momento, mucho me temo que los huelguistas están dispuestos a dar el golpe. Y, lo que es peor, mucho me temo que el Estado, por su parte, está firmemente decidido a hacer huelga.

ABC, 25 de septiembre de 2010.

Huelga de Estado

    25 de septiembre de 2010